lunes, 26 de julio de 2010

LECCIONES

Examen nº 6
Pulsaciones/min: 153
Nº de errores: 22 (1%)
Nº de palabras: 191
Palabras/minuto: 23
Tiempo: 8 m. 2 sg.
Nº de aciertos: 1232 (99%)
Nota: 90 (sobre 100)
Retroceso permitido: NO Num. de errores cometidos por letras:
a : 3
s : 1
l : 1
e : 1
t : 1
i : 3
o : 2
v : 1
n : 1
m : 1
á : 1
í : 2
ó : 1
, : 2
; : 1
Texto que ha escrito:A pesar de su corta vida y malogrdda carrera Mozart se encuentra entre losgrandes genios de la música. Su inmnesa producción (más de 600 obras),muestra a una persona que, ya desde niño dominaba la técnica de lacomposición a la vez que poseía una imaginación desbordante. Sus obrasinstrumentales incluyen sinfonías, devertimentos, sonatas, música decámara para distintas combinaciones de instrumentos y conciertos, susbras vocales son, básica,ente, óperas y música de iglesia. Susmanuscritos muestran cómo, salvo cuando hacia borradores de pasajesespecialmente dificiles, primero pensaba la obra entera y luego laescribía. Su obra combina las dulces melodías del estilo italiano y laforma y el contrapunto germánicos.Mozart epitomiza el clasicismo del siglo XVIII, sencillo, claro yequliibrado, pero sin huir de la intensidad emocional. Esyta cualidadesson patentes sobre todo en sus conciertos, con los dramaticos contrastesentre el instrumento solista y la orquesta, y en las óperas, con lasreacciones de sus personajes ante diferentes situaciones. Su producciónlírica pone de manifiesto una nueva unidad entre la parte cvcol y lanstrumental, con una delicada caracterización y el uso del estilosinfonico propio de los grandes grupos instrumentales.

Examen nº 7
Pulsaciones/min: 139
Nº de errores: 43 (3%)
Nº de palabras: 183
Palabras/minuto: 22
Tiempo: 8 m. 19 sg.
Nº de aciertos: 1158 (97%)
Nota: 75 (sobre 100)
Retroceso permitido: NO Num. de errores cometidos por letras:
ESPACIO : 4
a : 3
d : 1
e : 4
t : 4
u : 2
i : 1
o : 2
p : 1
c : 2
n : 5
m : 4
ó : 3
A : 1
S : 1
G : 1
, : 2
. : 1
Texto que ha escrito:Em a yo de 1896 llegó a España el cinematografo de los hermanos Lumiere, yn los meses siguientes varios operadores franceses filamron los primeroscortometrajes documentales. El primer español en rodar con elcimenatografo fue Eduardo Jimeno con salida de misa de doce del Pllar deZaragoza (1897). El primer filem argumetnal se debe a Fructuoso Gelabert(Riña en un café, 1897).Sin embargo el inicio del cine de ficiión argumental, que exigíriyade unaainfraescrucxura industrial básica, puso de relieve lo que sería elcontinio problema de la producción cinematográfica española: la disparidadentre el abundante potencial creativo y la debilidad de la industria.A pesar de todo antes de la I Duerra Mundial (1914-1918) existían en elpaís más de mil salas de exhibixión y una veintena de productoras. Duranteel conflicyp bélico se produjerón en España más de 200peelículas alterminar la guerra, la industria europea se recuperó, desplazando a laespañola, que netro en un periodo de crisis.En el cine español habrá personalidades aisladas, sin continuidadsuficiente que posibilite una producción competitiva a escalainternacional y proteja el mercado nacional de la creciente colonizaciónestadounidense.

Examen nº 8
Pulsaciones/min: 155
Nº de errores: 28 (2%)
Nº de palabras: 220
Palabras/minuto: 26
Tiempo: 8 m. 13 sg.
Nº de aciertos: 1275 (98%)
Nota: 84 (sobre 100)
Retroceso permitido: NO Num. de errores cometidos por letras:
ESPACIO : 2
a : 3
s : 1
d : 2
l : 3
e : 2
t : 1
u : 1
i : 1
o : 1
c : 1
n : 4
é : 1
í : 1
Á : 1
, : 3
Texto que ha escrito:Los mitos, estrictamente definidos, son cuentos tradicionales que estáncargados de elemntoos religiosos que explican el universo y sus primerospobaldores. Son historias que tanto el narrador como su audienciaconsiderabaverdaderas y narran la creación y la ordenación del mundo,tareas normalmente llevadas a cabo por una deidad (dios o diosa) queexiste en el caos, en el vacio o en algún munco aparte. Con una serie dehijos y compañeros, la deidad da forma al mundo y lo llena de vida, einicia uan serie de aventiras y luchas en las que él o ella logra liberarel sol, la luna, las aguas o el fuego, regula los vientos, crea el maíz las auubias o los frutos secos, derrota monstruos y enseña a los mortalescómo cazar y arar la tierra.El ser que lleva a cabo estas tareas, el arquetipo o heroe cultural, puedepresentar uan forma antropomórfica (como Zeus en la antigua mitologíagriega) o animas (como el coyote y el cuervo en los cuentos de los indiosnorteamericanos) y con freeuencia cambia de forma. Algunas mitologías,como las americanas y las de Äfrica occidental encierran ciclos completosen los que el héroe cultural es un embaucador pequeño,inngenioso,codicioso, presumido, embusteri y estúpido a la vez; una criaturaparadójica que se engañana o se engaña a sí misma tanto como engaña a los demás.


Examen nº 9
Pulsaciones/min: 150
Nº de errores: 43 (3%)
Nº de palabras: 233
Palabras/minuto: 25
Tiempo: 9 m. 13 sg.
Nº de aciertos: 1384 (97%)
Nota: 78 (sobre 100)
Retroceso permitido: NO Num. de errores cometidos por letras:
ESPACIO : 3
a : 6
s : 4
d : 1
l : 2
e : 3
t : 2
u : 1
i : 1
o : 2
p : 1
c : 1
n : 5
m : 1
á : 1
é : 1
í : 1
T : 1
, : 3
; : 1
: : 1
( : 1
Texto que ha escrito:En España, por lo generla, se toma un desayuno ligero por las mañanas, quepuede consistir en una taza de café con bollos o pan y mermelada, o unchocolate caleente con churros, aunque cada vez es más popular el consumoe cerelaes. La mayoría de los trabajadores desayunan en las cafeterias.Antes de la comida del mediodía es frecuente tomar un aperitivo, que amenudo consiste en una cerveza (caña) o refresco acompañado de tapas,servidas en muchos bares y que varían desde unas simplleaaceirunas,patatas fritas, almendras o tacos de queso, hasta un trozo de tortillaespañola y canapés más elaborados. Em la comida del mediodía y la cena losespañoles disfrttua con una gran variedad de carnes, pescados,paastas,legumbres, ensaladas, frutas y postres dulces. Los adultos suelke bebervino y cerveza durante las comidad, y los niños agua o refrescos. tambiense acompañan las comidad con pan. Los platos típicos españoles son. elgazpacho (una sopa fría de tomate con pepino pimiento pan, cebolla, ajo,agua, aceite, vinagre y sal aunque la receta vería de una región a otra);la paella (arroz espolvoreado con azafran al que se pueden añadirropezomes de pollo, pesacdo, marisco, habas y verduras); los calamares enu tinta (cocinados con la tinta del calamrr y a menudo acompañados de unaración de arroz) y el cicido /guiso castellano compuesto básicamnete degarbanzos a los que se añaden otros alimentos, cxoopmorcillo o gallina.


Examen nº 10
Pulsaciones/min: 160
Nº de errores: 90 (3%)
Nº de palabras: 379
Palabras/minuto: 24
Tiempo: 15 m. 19 sg.
Nº de aciertos: 2462 (97%)
Nota: 80 (sobre 100)
Retroceso permitido: NO Num. de errores cometidos por letras:
ESPACIO : 5
a : 6
s : 5
d : 3
g : 1
l : 2
e : 6
r : 3
t : 2
u : 3
i : 6
o : 2
p : 2
c : 6
v : 3
b : 1
n : 5
m : 1
é : 1
í : 1
ó : 5
L : 3
E : 1
T : 1
, : 13
: : 2
- : 1
Texto que ha escrito:La extincion del contrato de trabajo y en especial, la materiade despido experimenta, a su vez, importantes innovacionescon la introduciión del llamado despido colectivoque viene a sustituir a la interior extinción del contrato detrabajo por acusas economicas, tecnologicas o de produccióny qee es objeto de significativas modificaciones normativas,por más que se mantega la necesaria intervención de lautoridad laboral. Rs notorio que con la reforma laboral,iniciada en la Ley 11/1994, y luego recogida en el textoRefundido del Estatuto de los Trabajadores de 1995,se perfilan más correctamente distintos aspectos de laregulación del despido tanto en su faceta indicidual comoolectiva, dando lugar a modoficaciones de índole sustantivay procesal que la experiencia ha demostradfocomo necesariasen orden a la regulación del mismo. En otro aspecto se refuerzanlas garnttías dando mayor presencia y participaciónen materia de despidos colecttvos a la respesentaciónunitaria o sindical de los trabajadores y manteniendose laintervención de la Autoridad laboral. Tal vez la ampliaciónconceptual que se despeende de la nueva regulación del despi-do comporte el acuñar una denominación de específico signolaboral que se aparta en cierto aspecto del propio significadogramatical y usual del sustantivo despido.Sin embargo las ventajas que se derivan del encuadramientobajo una misma rúbrica de distintas modalidades de extincióndel xconrato laboral en las que el trabajador se ve privadodel puesto de trabajo involuntariamente el reforzamientode las garantías que acompaña a ese hecho extintivo y lamejor regulación de los efectos producidos por el despido.todo ello, en clara sintonía con la normativa comunitariaeuropea,sson razones que justifican y avalan lareforma operada al margen de los aspectos políticossocialesbajos os que la misma, también, es sucepptible de la oración.En materia de despido colectivo es me meccionar losiguiente: El articulo 49-9 del Estatuto de los Trabajadores,en su redacción anterior establecía como cusaa de extinciónsel contrato de trabajo la siguiente la cesación de la industria,comercio o servicio de forma definitiaa, fundadaen causas tecnologicas o económicas, suiempe q ueaquéllahaya sido dispdamente autorizada conforme a lo dispuestoebn ea Ley.la actual redacción de dicho apartado normativo ee produceen estos términos "Por despido coloectvo, fundado en causaseconomicas, técnicas, organizativas o de producciónm siempreque aquel haya sido debidamente autorizado conforme a losipuesto en esta ley".

TRANSCRIBIR DOCUMENTOS

Ortografía: se ha modernizado la ortografía original para una ágil lectura; ello implica adaptar antiguas formas de ortografía a las vigentes actualmente (incluyendo las de acentuación) y corregir los eventuales errores tipográficos u ortográficos cuando correspondiese.

Tachaduras: se conservaron tal como aparecían en el original; excepto las originadas en evidentes errores tipográficos u ortográficos.

Firmas/rúbricas: las firmas autógrafas sin aclaración se anotaron con la palabra rubricado entre corchetes; las firmas autógrafas con las correspondientes aclaraciones fueron consignadas con la frase rubricado con aclaración de firma; las firmas realizadas solo mediante sellos aclaratorios se anotaron con la palabra "sello".

Separación de palabras y frases: en ningún caso se conservaron las uniones contrarias a la morfología de las palabras o frases ni las separaciones indebidas de las letras de una palabra.

Nombres propios: en el caso que aparecieran erróneamente en el original, se conservaron, aclarando su forma correcta entre corchetes.

Formas protocolares: se excluyeron de la edición los saludos protocolares de forma en documentos oficiales del tipo: " A S, E. el Señor Dr. ...." o " tengo la honra de saludar a V. E."

¿Estas sentado encima de un tesoro? -le preguntó el labrador.
-Claro que sí -contesto el diablillo. Aqui hay un tesoro de oro y plata como no te puedes imaginar.
El diablo pensó que el labrador era bobo y dijo que le parecía estupendo el trato.
Pero el labrador se reía para su capote, porque lo que habia sembrado eran nabos.
llegó la época de la cosecha y el diablo apareció a recoger su parte; pero no encontró en aquel campo más que hojas amarillas y marchitas.

Lecciones

* Resultados para: Lección 1 (1º Método) del curso MecaNet
* Realizado el jueves, 15 de julio de 2010 a las 11:22 AM

* Nº de palabras: 357
* Palabras/minuto: 20
* Pulsaciones/min: 114
* Tiempo: 17 m. 7 sg.
* Nº de errores: 47 (2%)
* Nº de aciertos: 1966 (98%)
* Nota: 76 (sobre 100)



* Nº de errores cometidos por letras:
* ESPACIO : 4
* a : 5
* s : 5
* d : 2
* f : 9
* j : 5
* k : 6
* l : 7
* ñ : 4

* Estos resultados son buenos, puedes seguir adelante.
* Examen nº 2

* Pulsaciones/min: 109
* Nº de errores: 61 (4%)
* Nº de palabras: 228
* Palabras/minuto: 20
* Tiempo: 11 m. 15 sg.
* Nº de aciertos: 1232 (96%)
* Nota: 63 (sobre 100)
* Retroceso permitido: NO


Num. de errores cometidos por letras:

* ESPACIO : 4
* a : 3
* d : 2
* g : 4
* l : 3
* e : 1
* r : 1
* t : 4
* y : 1
* i : 3
* o : 4
* c : 2
* n : 1
* m : 1
* é : 3
* ó : 2
* H : 1
* Y : 4
* O : 1
* C : 1
* , : 5
* . : 7
* - : 1
* ! : 2

Texto que ha escrito:

había una vez, una gallinita colorada que encontró un grano de trifo.
Quién sembrará este trigo? pregurno. Yo no, dijo elk erdo. Yo no,
dijo el gato. Yo no, dijo el perro. Yo no, dijo el pavo. Pues
ntonces dijo la gallinita colorada, lo haré Yo. cxo-clo!. Y ella
sembró el grantoo de trigo Muy pronto el trigo empezó a crecer.
¿Quién cortará este trigo?, peegunto la gallinita. Yo no, dijo el
cerdo. Yo no, dijo el gato: Y nno, dijo el perro. Yo no, dijo el
pavo. Pues entonces, dijo la fallinita colorada, lo haré yo. Clo-clo!.
Y ella cortó el trigo:¿Quien llevará este trigo al milino?,
preguntó la gallinita Yo no dijo el cerdo. Yo no, dijo el gato. Yo
no, dijo el perro. Yo no, dijo el pavo. Pues entonces, dijo la
gallinioa colorada, lo hart yo. Clo-clo!. Y ella llevó el trifo al
molino y muy pronto volvió con un abolsa de harina, ¿Quién amssará esta harina?,
preguntó la galliniota yo no, dijo el cerdo. Yo no, dijo el gato. yo no,
djo el perro. Yo no dijo el pavo. Pues entonces, dijo la gallinita colorada,
lo haré yo. Clo-clo! Y ella amasó ka harina y horneó un rico pan,
¿Quien cm erá este pan?, preguntó la gallinita. Yo n dijo el cerdo.
yo!, dijo el gato. Yo , dijo el perro. o!, dijo el pavo.
Pues no, djo la fallinita colorada.
Lo cmmeré Yo. Clo cloo!. Y se comió el pan con sus pollitos.
* Examen nº 3

* Pulsaciones/min: 158
* Nº de errores: 27 (2%)
* Nº de palabras: 187
* Palabras/minuto: 26
* Tiempo: 7 m. 4 sg.
* Nº de aciertos: 1120 (98%)
* Nota: 85 (sobre 100)
* Retroceso permitido: NO


Num. de errores cometidos por letras:

* ESPACIO : 1
* a : 3
* s : 3
* d : 1
* e : 4
* r : 1
* t : 1
* i : 2
* o : 2
* c : 2
* v : 1
* n : 2
* m : 1
* á : 1
* , : 2

Texto que ha escrito:

La capacidad de aprender a ller y el aprendizaje en general arravez de
uroso, talleres, etc.algunas veces se nos muestra como muy complicada y
tortuosa, si bien es cierto que leer un idioma con tantas palabras que
conjugan de manera irregular NO es una tarea fácil, comparándola con ttras
habilidades del ser humano como caminar erguidos en dos piernas o hablar
y entender un idioma, por lo general antes de cumplir 2 años de edad, nos
muestran la capacidad del cerebro humano y lo facil que debería ser
aprender a leer.
¿Porque entonces nos muestr tanto trabajo aprender a leer? comparando
nuievamete esta habilidad con las anteriores (caminar, hablar e
interptetar un idioma) vemos varias diferencias:
Tiempo: Aprendemos a leer a la edad de mas o menos seis años,
desaprovechando el momento qu que más capacidad de aprendizaje tenemos.
Grecoas a que los adultos subestimamos las habilidades de los niños. Las
personas que hablan perfectamente un idioma lo hacen porque lo aprendieron
en suisprimeros años de vida. Cuando se aprende un diioma en la edad
adulta, generalmente no se alcanza de manera perfecta, sin conseguir la
entonación ni el acento correctos.

* Examen nº 4

* Pulsaciones/min: 129
* Nº de errores: 52 (3%)
* Nº de palabras: 209
* Palabras/minuto: 21
* Tiempo: 9 m. 49 sg.
* Nº de aciertos: 1269 (97%)
* Nota: 73 (sobre 100)
* Retroceso permitido: NO


Num. de errores cometidos por letras:

* ESPACIO : 5
* a : 6
* s : 1
* d : 2
* g : 1
* l : 1
* e : 3
* r : 1
* t : 1
* y : 1
* u : 1
* i : 3
* o : 1
* c : 1
* b : 4
* n : 3
* m : 3
* á : 1
* í : 2
* ó : 1
* O : 1
* , : 2
* . : 5
* ! : 1
* ¡ : 1

Texto que ha escrito:

Atentos a esta historia francamente maravillosa. Aquella despensa estaba
muy surn surtida, había quesos y enmutidos olorosos, humm; hartin,
manteca, cereales, frutas, cajas de golosinas... un paraíso para nuestros
amigos los ratines.
Efectivamente, los aromas de la despensa atraían a los ratones, asomaban
sus hociquillos por los agujeros, pero ninguno se atrevía a llegar hasta
ños amnjares. Y os prenuntais porqué...?. La culpa era de un gato astuto
de garras afiladas y un encazador Miauuuu.., cuando menos se lo
esperaban los ratones aparecía en la bodega sigiloso como una sombra.
Loa ratones pasaban habbre; ... esto no puede seguir así, haremos un
congreso y pensaremos en una solución, eso es, vamos a pensar en una
solución..., propuso un ratón decidido. Acuideron cientos miles,
millones de ratones al congreso ratonil, pero, aunque habia mucho griterío
n todos hablaban a la vez, no encontraban soluciñ´nal grave problema del
gato. Hasta que un ratón con fama de listo pidió la palñabr:
... un momento, yo tengo la solución, si, pondremos un casaabel al gato y
así sabremos siempre cuando se acerca .. . ¡ h1 , cuantas felicitaciones
recibió el ratón listo !: Los ratones se felicitaban unos a otros: ,..
je, je, je, se acaberon los problemas, ja, ja, ja, se acabaron, en
saelanmtea comer y a engordar..., decían los ratones.
* Examen nº 5

* Pulsaciones/min: 118
* Nº de errores: 34 (2%)
* Nº de palabras: 212
* Palabras/minuto: 20
* Tiempo: 10 m. 14 sg.
* Nº de aciertos: 1210 (98%)
* Nota: 77 (sobre 100)
* Retroceso permitido: NO


Num. de errores cometidos por letras:

* ESPACIO : 2
* a : 2
* s : 1
* d : 2
* e : 3
* t : 2
* u : 1
* i : 1
* o : 5
* c : 1
* n : 1
* á : 1
* í : 2
* ú : 1
* L : 1
* T : 1
* P : 1
* C : 1
* M : 1
* 6 : 1
* 7 : 1
* , : 1
* . : 1

Texto que ha escrito:

A los seis años Mozart era ya un consumado intérprete de instrumentos de
tecla y un eficaz villinssta, a la vez que hacia gala de una
xtraordinaria capacidad para la improvisación y la lectura de partituras.
Yodavia hoy se interpretan cinco pequeñas piezas para piano que compuso a
esa edad. En 1972 Leopold comenzó a llevar a su hijo de gira por las
cortes de Europa. Durante este perido compuso sonatas, tanto para clave
como para violín (1763), una sinfonía (1764), un aratorio (1766) y la
ópera cómica La finta semplice (1768). En 1769 fue nombrado Konzertmeister
del arzobispado de Salzburgo, y en la Scala de Milán el Papa le hizo
caballero de la Orden de la Espuela Dorada: Ese mismo año compuso Baisien
und Bastienne, su primer Simgspiel (tipo de ópera aleman con partes
rciitadas). Al año siguiente le encargarón escribir su primera gran ópera,
Mitrídades, rey del ponto (1770), compuesta en Milan. con esta obra su
reputación como músico se afianzó todavía más.
En 1771 volvió a Salzburgo. Su cargo en la ciduad no era remunerado pero
le permitió componer un gran nímero de obras importantes durante siis
años, eso sí, en detrimento de su situación económica. En 1777 obtuvo
permiso para dar una gira de conciertos, y se fue de unichscon su madre.

martes, 13 de julio de 2010

Lecciones

  • Examen nº 15

  • Pulsaciones/min: 145
  • Nº de errores: 84 (3%)
  • Nº de palabras: 353
  • Palabras/minuto: 24
  • Tiempo: 14 m. 42 sg.
  • Nº de aciertos: 2136 (97%)
  • Nota: 76 (sobre 100)
  • Retroceso permitido: NO

Num. de errores cometidos por letras:


  • ESPACIO : 8
  • a : 2
  • s : 3
  • d : 4
  • f : 1
  • h : 1
  • l : 2
  • q : 2
  • e : 11
  • r : 2
  • t : 1
  • y : 1
  • u : 3
  • i : 9
  • o : 5
  • c : 7
  • v : 1
  • n : 4
  • á : 1
  • é : 2
  • í : 4
  • ó : 1
  • S : 1
  • D : 1
  • F : 1
  • J : 1
  • I : 1
  • 5 : 1
  • , : 2
  • . : 1

Texto que ha escrito:


Para el ade
ucado funcionamiento de la Institución la Ley rechaza
la posibilidad
hisstoricamente admitida, de la deuvión del verdecito
por discrepa
ccia en el sentido del mismo. Pero ello no debe impedir
que la presencia en
el de decectos, de los que darían lugar a su
revocación por V
ia de recurso dada su oposición a la Ley, pueda
subsanarse mediante la interve
cción del Magistrado, con la presencia
de las partes, haciendo presente dichos defectos
e indicando lo necesario al
jurado para dicha subsanación.
La vinculación del Magistrado por el vered
cito se refleja en la
recepción que de éste ha de hacerse en la sentenc
viay ne el
setido absolutorio o condenatorio del fallo. El Magistrado,
vinculado tambi
en por el título juridico de la condena, procedera
a la calificación n
cessaria para determinar el grado de ejecución,
participación del condenado y sobre la procedencia o no de las
consecuencia, a la conc
erción de la pena aplicable.
Es de resaltar que la preocupación en la Ley por la motivación de
la res
llución lleva también a exigir al Magistrado que, con
independencia de la motivación que los Jurados hagan de la
valoración de la prueba existente,
queél ha de motivar por qué
consideró que ex
citía dicha prueba sobre la que autorizó el
veredicto. De esta
rsuerte pretencdela Lev obstar las criticas
suscitadas en torno a la fórmula de s
aparación del colegio
decisor, tanto en lo relativo a la inescindibilidad del hecho
yy del
derecho, como en
el concerniente u la supuesta irresponsabilidad
por falta de motivación en el veredic
xto sentencia, que, se dice,
deberían ser inherentes a dicho sistema.
E
l articulo 410 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Jud
ciaal. disciplina el antejuicio como un trámite
pr
ocedente al objeto de exigir responsabilidad penal a Jueces o
Magistrados, con arreglo al régimen previsto en los artículos 7
47
a 778 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
siin embargo, el legislador
ha
requeridoustituir dicho antejuicio en las causas por delitos
cometidos por Jueces, Magistrados o
fiscales atribuidas
al conocimiento del Tribunal del Jurado, por una espec
ualidad que
faculta al Juez de Instrucción para practicar las actuaciones de
omprobación necesarias y resolver sobre la procedencia de la
imputación.
  • Examen nº 14

  • Pulsaciones/min: 150
  • Nº de errores: 66 (2%)
  • Nº de palabras: 401
  • Palabras/minuto: 23
  • Tiempo: 16 m. 59 sg.
  • Nº de aciertos: 2549 (98%)
  • Nota: 84 (sobre 100)
  • Retroceso permitido: NO

Num. de errores cometidos por letras:


  • ESPACIO : 2
  • a : 6
  • s : 3
  • d : 7
  • f : 1
  • g : 2
  • h : 1
  • e : 4
  • r : 3
  • t : 1
  • i : 5
  • o : 2
  • p : 1
  • c : 2
  • b : 2
  • n : 9
  • m : 2
  • é : 1
  • í : 2
  • ó : 3
  • J : 2
  • U : 1
  • M : 1
  • , : 3

Texto que ha escrito:


En ellas radica otra de las condiciones del éxito o fracaso del
enjuiciamiento por Jurado. Pero su justificación, que no es otra
que suplir las deficiencias que puedan derivarse del
desconocimiento técnico de la Ley, impide que puedan
extenderse a aspectos en los que los Jurados deben y pueden
ctuar con espontaneidad. Por ello se estima adecuado suprimir
entre sus contenidos uno cuya inclusión determin
o una gran
polémica en nu
sstra pasada experiencia historica: el resumen
de la prueba practicada.
Sin embargo el asesoramiento t
¨´nico no puede presciondrdee
la advertencia de no atendibilidad de
qquellas actividades
probatorias que adolezcan de defectos legales que obligan a
desecharlas. En la medida en que las instrucciones tienen
consustancial tra
sccendencia en la determinación del veredicto,
.arece oportuno que se sometan al control de las partes para que
éstas resulten convenci
aas de la imparcialidad de aquéllas y, si no,
dispongan de la oportunidad de combatir la inf
orcción.
objetivo
a que pueden estorbarse y que hacen necesaria su
c
vociliación. Asi aun cuando el Jurado debe reunirse para
deliberar sin interferencias mediatiz
<aoras, no se ha querido
prescindir de la permane
tee disponioilidad de acceso al
asesoramiento que, libre
nente, quieran exigir.
Especial consideración merece la posibilidad que se permite en
la Ley para que, aun sin mediar petición de los Jurados, pueda el
ñaaistrado impartir aquellas instrucciones que tiendan a evitar
una innecesaria prolongación de la deliberación. Se trata de evitar
que la inexper
eencia de los deliberantes unida a su teticencia a instar
la instruc
iión, produzca una injustificada dilacióm en la emisión del
veredicto que afectaría al presti
fio fe la Institución.
El secreto ele la deliberación no ha de impe
rdi la imprescindible
responsabilidad de los
jurados. Por ello la votación se impone
nominal lo que permite identificar la abstención prohibida en la Ley.
Sin duda la regla de decisión que exige la unanimidad en el
sentido de la misma para tener por producido el veredicto
. se
presenta como la más adecuada para compeler a los Jurados a un
debate más rico. Sin embargo tal regla llev
A implícito un
levadisimo riesgo de fracaso de no alcanzarse tal unammiidad.
una adecuada transacción entre los objetivos de una deliberaciño
nndirectamente orientada a la votación de se su inicio, por
ormación de fáciles mayorías simples, y la evitación de
excesivas disoluciones del
jurado que puedan venir motivadas
por la simple e injustifica
ciostinación de uno o pocos Jurados,
ja aconsejado, al menos en el jnicio del funcionamiento de la
Institución, u
an regla de decisión menos exiogete.
  • Examen nº 13

  • Pulsaciones/min: 151
  • Nº de errores: 77 (2%)
  • Nº de palabras: 468
  • Palabras/minuto: 24
  • Tiempo: 18 m. 47 sg.
  • Nº de aciertos: 2854 (98%)
  • Nota: 84 (sobre 100)
  • Retroceso permitido: NO

Num. de errores cometidos por letras:


  • ESPACIO : 4
  • a : 6
  • s : 3
  • g : 1
  • l : 5
  • q : 1
  • e : 9
  • r : 11
  • t : 5
  • u : 2
  • i : 8
  • o : 5
  • c : 4
  • v : 2
  • n : 4
  • m : 1
  • é : 2
  • , : 4

Texto que ha escrito:


En efecto, en el primer inciso del articulado se acoge un criterio sustantivo
o normativo-
naterial de quuvialenvoa entre la conducta omisiva y la activa,
equivalencia que ha de desprende
sse del sentido del texto de la Ley en
forma indubitada. Sin embargo, en el segundo inciso de la norma se acude
un criterio meramente formal para equiparar la comisión omisiva a la
activa, describi
endose alguna de las tradciiones posiciones de garante o
fuentes f
iomales de graantía. Con ello parecen obviarse los criterios
jurídico-materiales y se abre la vía a posibles interpretaciones judiciales de
índole formalista susceptibles quizás de d
irivar eb una aplicación
desmesurada e improcedente de los tipos de comisión por omisión.
Por lo que se refiere al error
uno de los problemas prácricos que plantea la
dic
iión del nuevo texto es la dificultad de subsumir el error sobre los
elementos normativos del tipo penal dentro del error de tipo. En efecto
al
eferirse el art.14.1 al error "sobre un hecho constitutivo de la infracción
penal" (en lugar de hablar de error sobre "un elemento esenc
ual integrante
de la infracción penal", como decía el texto derogado) se dificu
ñltala
subsunción de los elem
nttos normativos dentro del error de tipo, pues el
término "hecho" no parece fácilmente compatible con los componentes
sustancialmente normativos que s
ae ecogen en algunos tipos penales.
En ot
oo orden de cosas, tambien va a tener trascendencia práctica en la
aplicación del error de tipo la implantación del sistema de numerus clausus
en los delitos imprudentes (art. 12 del CP). Y ello porque al ser
cons
edierdos los supuestos de error de tipo vencible como infracciones
impr
identes en el caso de que éstas se hallen específicamente previstas en
el Código, la limitación de los tipos penales de esa naturaleza dará lu
har en
numerosos casos a la impunidad (po
t ejemplo; en delitos contra la libertad
sexual en supuest
as de errores relativos a la edad o a anomalías psíquicas
de la victima, o incluso a la prestación del consentimi
neto para el acto
sexual). Esta circunstancia podría derivar en un
aaplicación judiical
extensi
ca en napropiada de la figura de dolo eventual con el fin de evitar
impunidades en supuestos fácticos donde no se muestra clara la diferencia
en
bte la culpa consciente y el dolo eventual, máxime si se pondera la
elatividad de límites entre estos dio últimos conceptos y lo errática que se
muestra la jurisprudencia a la hora de definir esa clase de dolo.
Otro
panto puede decirse en la ación con el error sobre los presupuestos
objetivos de algunas causas de justificación
especialmente las de legítima
defensa y estado de necesidad. La jurisprudencia hasta ahora ha trat
ddo
e
rso casos unas veces como error de tipo y otras como error de prohibición,
aunque es muy posible que
ne lo sucesivo se incline por la segunda
solución con el fin de evitar las lagunas punitivas derivadas del sistema de
numer
is clausus implantado en los dleoits imprudentes.
  • Examen nº 12

  • Pulsaciones/min: 152
  • Nº de errores: 71 (2%)
  • Nº de palabras: 408
  • Palabras/minuto: 26
  • Tiempo: 15 m. 10 sg.
  • Nº de aciertos: 2310 (98%)
  • Nota: 84 (sobre 100)
  • Retroceso permitido: NO

Num. de errores cometidos por letras:


  • ESPACIO : 4
  • a : 5
  • s : 1
  • d : 4
  • f : 1
  • l : 4
  • q : 1
  • e : 10
  • r : 3
  • t : 2
  • y : 1
  • u : 2
  • i : 3
  • o : 2
  • p : 4
  • c : 3
  • n : 4
  • m : 1
  • á : 2
  • ó : 4
  • ú : 1
  • J : 1
  • L : 2
  • E : 1
  • T : 1
  • , : 3
  • . : 1

Texto que ha escrito:


la generalización de las peticiones de indulto se ha convertido en un
roblema de notable actualidad En los úttimos años empieza a ser habitual
que oda persona que tiene realmente que cumplir una pena privativa de
libertad, tras agotar todos los recursos juri
diiscionales a su alcance y una
vez que la tramitación de éstos ha alejado en alguna medida la fecha de
comisión de los hechos, acuda final
emnte a la petición de indulto.
El nuevo Código Penal, en su art. 4, otorga al Juez la facultad de suspender
la ejecución de la pena mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de
ser ejecutada la sentencia, la finalidad de ésta pudiera resultar ilusoria.
el
precep
ro, si bien deja el criterio del Juez el acordar o no la suspension de la
ejecución de la pena, en la práctica, en los su
susstos en que la condena
contiene penas no superiores a tres años, acaba normalmente
sando lugar a
la suspensión.
En
ffecto, si se repara en que la tramitaci´ñ del indulto suele tardar un
eriodo de tiempo no inferior a un año la no suspensión podría implicar un
perju
ciio irreversible para le penado en el caso de que se le concediera el
indulto. Y co
mo el juez carece de control sobre la concesión o no de la
medida de gracia y no resulta f
acil muchas veces un pronóstico sobre la
misma al no ser vinculante el criterio del juzgador (
e la práctica se
conceden indultos inesperados y se deniegan otros informados
positivamente por los
tribunales), al final ha de suspenderse la ejecución
de
que ena corno única opción idónea para evitar efectos orreparables. Con
lo cual la dilación en la ejecución de la condena, en la hip
otesis de que no
se conceda el indulto
devalua de firma sustancial la función que la pena
está llamada a cumpli
o.
De este modo, en la regulación de las solicitudes de indulto, de sus
defctos,
de la tramitación de las solicitudes y
aa la concesión o deneghacón de las
mismas, actualmente contenida en la Ley de 18 de junio de 1870,
modificada por
la de 14 de enero de 1988, así como en los arts. 4 y 103,3
del C
odigo Penal, debe tenderse a dar ma mayor peso a la intervención
judicial, en términos compatibles con la configu
arción constitucional del
derecho de gracia.
La cl
ausula general que da cobertura legal a los delitos de comisión por
omisión recogida en el art. 11 suscita algunas cuestiones con relevancia
práctica
qdebifo, principalmente, a la redacción del segundo inciso del
precepto.
  • Examen nº 11

  • Pulsaciones/min: 150
  • Nº de errores: 39 (1%)
  • Nº de palabras: 313
  • Palabras/minuto: 23
  • Tiempo: 13 m. 5 sg.
  • Nº de aciertos: 1975 (99%)
  • Nota: 90 (sobre 100)
  • Retroceso permitido: NO

Num. de errores cometidos por letras:


  • ESPACIO : 3
  • a : 2
  • s : 1
  • d : 2
  • f : 1
  • l : 2
  • e : 2
  • r : 2
  • t : 2
  • i : 4
  • o : 2
  • p : 1
  • x : 2
  • c : 2
  • b : 1
  • n : 2
  • m : 2
  • í : 1
  • ó : 1
  • L : 1
  • , : 2
  • . : 1

Texto que ha escrito:


La simple comparación de ambos textos legales, el antiguo y
el moderno, pone de relieve importantes diferencias.
:a priemra es la sustitución de la espresión "cesación
de l
ñ industria, comercio o servicio" por despido colectivo
esta primera referencia se revela sustancial y afecta al
concep
ro de la causa extintiva contractual que se regula En
efecto, mientras que anteriormente se exigía la cesaci
´´ de
la empresa, ahora ya no se impone la desaparición del ente
empresarial, sino que, manteniéndose, se legitima, no o
nstante,
la extin
icón colectiva del contrato de trabajo, dentro
de unos determinados márgenes, numérico
sy cronológico,
debidamente
einterrelacionados, como ,ás adelante se verá.
Es tal vez
la más importante de las novedades que trae el
nuevo texto estatutario laboral, superando el tradicional
concepto del despido, se prescinde de la conducta del
trabajador para su imposición y s
u objetiviza el mismo en
unción de causas o circusttancias que afectan al normal
desarrollo de la actividad empresaria
ñ, permitiéndose que
llegue a abarcar a una p
ruralidad de trabajadores.
El nuevo te
cto estatutario asigna, también, la denominación
de despido colectivo a la extin
icón de contratos detr abajo
que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa,
siempre que el número de trabajadores afectados supere a
c
onco y produzca la cesación total de la actividad empresarial
por las indicadas causas.
De
qqui que quepa distinguir, dentro del ámbito del
despido colectivo
el que afecte a la totalidad de la plan-
tilla, en número su
eerior a cinco trabajadores y determine
la cesación de la activ
daad empresarial, el que sólo afecte
a una parte de esa plantilla dentro de determinados
porcentajes y límites de índole c
ernológica y, finalmente, el
llamado
fespido colectivo menor (art. 52-c) del Estatuto
de los Trabajadores que no alcanza al número de trabajadores
del despido colectivo pr
ipiamente dicho, que ha de tener las
mismas causas de carácter objetivo y que no requiere la
tramitación del expediente ante la Autoridad Laboral.





lunes, 12 de julio de 2010

Mundial España 1 Holanda 0

El día 12 de julio de 2010 no tuvimos clase con la profesora Liliana por culpa del mundial ya que se alargo y nos fuimos para la casa